Trazabilidad para el Reglamento EUDR
El Reglamento (UE) 2023/1115, o EUDR, obliga a demostrar que el café, el cacao, la soja, la palma, el caucho, la madera y el ganado bovino que se comercializan en la UE están libres de deforestación posterior al 31 de diciembre de 2020 y son legales, con la geolocalización de cada parcela y una declaración de diligencia debida. Se aplica desde el 30 de diciembre de 2026 (30 de junio de 2027 para micro y pequeños operadores). Unknown Gravity diseña el modelo de datos, la integración con TRACES y el registro compartido que llevan esa prueba de la parcela al importador.
Si compras o vendes café, cacao, soja, palma, caucho, madera o productos bovinos, el EUDR te pide lo que tu ERP no guarda: la geolocalización de cada parcela y una cadena de custodia sin cortes entre la finca y la aduana. Te ayudamos a montarla y te decimos qué parte no resuelve ninguna tecnología.
01 / Qué exige el Reglamento EUDR y desde cuándo
El Reglamento (UE) 2023/1115 prohíbe introducir en el mercado de la UE, comercializar o exportar siete materias primas y sus derivados si no cumplen tres condiciones a la vez (art. 3): estar libres de deforestación, haberse producido conforme a la legislación del país de producción y estar amparados por una declaración de diligencia debida (DDD) o, para los micro y pequeños operadores primarios, por una declaración simplificada.
- Materias primas: ganado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera (art. 1), y los productos del anexo I, del cacao en grano al chocolate o los muebles de madera.
- Libre de deforestación: producido en tierras que no hayan sufrido deforestación después del 31 de diciembre de 2020; en la madera, además, sin degradación forestal desde esa fecha (art. 2.13).
- Legalidad: uso del suelo, medio ambiente, derechos laborales, humanos y de terceros, y consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas, entre otras normas del país de producción (art. 2.40).
- Geolocalización: de todas las parcelas, con la fecha o el intervalo de producción (art. 9.1.d). Con al menos seis decimales y con polígonos si la parcela supera cuatro hectáreas y no es de bovino (art. 2.28).
- Declaración: la DDD se presenta antes de introducir o exportar el producto (art. 4.2) en el sistema de información de la UE, una herramienta de la plataforma TRACES. Su número de referencia va a la aduana (art. 26.4) y la información se conserva cinco años (art. 9.1).
Quién está obligado. Tras el Reglamento (UE) 2025/2650, el operador que introduce el producto en el mercado de la UE o lo exporta presenta la DDD; si quien lo introduce en el mercado está establecido fuera de la UE, también es operador el primero establecido en la UE que lo comercializa (art. 7). Los operadores posteriores (quien transforma producto ya declarado, como un tostador) y los comerciantes no presentan DDD: si no son pymes se registran, y el primero de la cadena conserva los números de referencia. Para una persona jurídica, la multa máxima será como mínimo del 4 % de su volumen de negocios anual en la UE (art. 25).
Fechas vigentes, según la Comisión Europea y el art. 38 en la redacción del Reglamento 2025/2650:
| Quién | Desde |
|---|---|
| Operadores grandes y medianos, y operadores posteriores y comerciantes | 30 de diciembre de 2026 |
| Micro y pequeños operadores (personas físicas, microempresas y pequeñas empresas) establecidos como tales a 31 de diciembre de 2024 | 30 de junio de 2027 |
| Micro y pequeños operadores, para los productos de madera del anexo del antiguo Reglamento (UE) n.º 995/2010 | 30 de diciembre de 2026 |
En su informe de 4 de mayo de 2026, la Comisión no considera oportuno proponer más cambios al texto legal. El anexo I sí ha cambiado: el Reglamento Delegado (UE) 2026/2102, publicado el 17 de septiembre de 2026, saca del ámbito los cueros y pieles de bovino y añade, entre otros, el café soluble a partir del 30 de diciembre de 2027. Revisa la lista vigente antes de cerrar tu alcance.
02 / La cadena de custodia real y dónde se rompe
En café o cacao, la cadena típica es productor, cooperativa o acopiador, exportador, importador (el operador en la UE) y transformador (operador posterior). El dato nace en el primer eslabón y lo declara el cuarto. Por el camino se rompe en cuatro sitios:
- Mezcla de lotes. Si un producto procede de varias parcelas, hay que geolocalizarlas todas (art. 9.1.d): una sola finca sin mapear deja sin prueba el lote de la cooperativa.
- Balance de masas. Varios esquemas de certificación lo admiten; el EUDR no, si lo conforme se mezcla con producto de origen desconocido. El documento de orientación de la Comisión lo dice expresamente: «no es aceptable con arreglo al Reglamento EUDR». La salida es segregar o conservar la identidad del lote.
- Polígonos mal capturados. Un punto donde hacía falta un polígono, menos de seis decimales, parcelas solapadas o dentro del bosque. Si nadie lo valida en origen, el error aparece con la mercancía ya en camino.
- Números de referencia que no viajan. Cada operador debe comunicarlos aguas abajo (art. 4.7, en la redacción del Reglamento 2025/2650). Si llegan en un PDF por correo, el transformador no puede casarlos con sus lotes.
Además, el art. 10 obliga a evaluar el riesgo de mezcla, y la prueba de legalidad, según la Comisión, debe ser proporcional al riesgo. Si también necesitas la trazabilidad de lote del Reglamento 178/2002, lo vemos en el sistema de trazabilidad alimentaria.
Café y cacao de LATAM: qué te va a pedir tu cliente europeo
Si exportas café o cacao desde Colombia, Perú, Ecuador, Centroamérica o Brasil, la DDD la presenta normalmente tu cliente en la UE, pero el dato sale de ti: la geolocalización de cada finca (polígono si supera cuatro hectáreas), la fecha de cosecha, la prueba de legalidad y lotes sin fincas por mapear. Colombia, Perú, Ecuador, Brasil, México, Honduras, Guatemala, El Salvador y Nicaragua no figuran en la lista del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093: son de riesgo estándar. Costa Rica es de riesgo bajo, y solo en países así los micro y pequeños operadores primarios pueden presentar una declaración simplificada con dirección postal en lugar de geolocalización.
La cooperativa es donde se gana o se pierde el cumplimiento: registro de fincas con su polígono, acopio segregado por lote y un paquete por contenedor (GeoJSON, lote, cantidades y pruebas) para el importador. Según el informe de la Comisión de mayo de 2026, Honduras ya ha enviado a la UE café plenamente trazable con una infraestructura digital abierta que incluye a pequeños productores, y el programa AL INVEST Verde apoya la trazabilidad en América Latina.
Los casos de café y cacao con su estado, y cómo se organiza la cadena desde la finca, están en trazabilidad del café y el cacao.
03 / Dónde aporta blockchain al EUDR y dónde no
El EUDR no exige blockchain ni la menciona: pide información verificable, conservada cinco años y declarada en TRACES. Una cadena de bloques es una forma de que ese dato pase de un eslabón a otro sin que nadie lo reescriba. Aporta en tres cosas:
- Registro compartido entre empresas que no se fían. Cooperativa, exportador, importador y transformador no comparten ERP. Cada uno anota su evento firmado (acopio, envío, recepción, transformación) y ninguno lo reescribe en solitario.
- Huella de la geolocalización y de la declaración. En la cadena va el hash del GeoJSON, de las pruebas y de la DDD con su número de referencia, no el dato. Ante un control dentro de los cinco años, demuestras qué declaraste y cuándo. GS1 prevé esta huella de eventos EPCIS para notarización.
- Credenciales verificables. La identidad del operador o el resultado de una revisión («parcela analizada con imagen de satélite») viajan firmados, y el siguiente eslabón los comprueba sin pedir otra vez el documento.
Lo que no resuelve:
- El dato de origen. Si el polígono está mal o la finca se deforestó en 2022, la cadena lo guarda igual de mal. Es el problema del oráculo.
- La imagen de satélite y el análisis de riesgo del art. 10: son otra capa.
- La verificación sobre el terreno. Que el grano del saco venga de esa parcela lo prueban la segregación física, la inspección y la auditoría.
- Los datos personales. El nombre y las coordenadas de un pequeño productor lo son. Las directrices 02/2025 del CEPD piden guardar el dato fuera de la cadena y advierten de que hasta los metadatos pueden serlo.
Si un solo importador controla el dato de punta a punta, basta una base de datos con auditoría. El mismo patrón sirve para el pasaporte digital de producto, y el marco por sectores está en trazabilidad blockchain.
04 / Casos y referencias verificados, con su estado
Unknown Gravity no tiene casos propios de trazabilidad EUDR que publicar. Estos son de terceros, con fuente primaria y estado a 16 de octubre de 2026:
| Caso | Materia prima | Qué hace | Estado |
|---|---|---|---|
| FORTRA, de la Xunta de Galicia (Amtega) | Madera | Registra, del monte al mercado, las operaciones de las empresas que transforman la madera, en la red T de Alastria y con QR para el consumidor. | En el catálogo de Alastria (ficha de 13-jun-2023); 12 empresas activas según la ficha. |
| Digitanimal | Ganadería | Trazabilidad ganadera con collares GPS y «registro de eventos en blockchain». | En el catálogo de casos de ISBE. |
Dos matices: FORTRA no nombra el EUDR (es un antecedente de legalidad de la madera), y en el bovino criado en la UE el Reglamento 2025/2650 reconoce obligaciones de trazabilidad equivalentes por el Reglamento (UE) 2016/429, con los datos en bases nacionales.
Sistemas públicos que cita la Comisión en su informe COM(2026) 191: el café trazable de Honduras, el sistema de trazabilidad del cacao de Ghana, la plataforma VISEC de la soja argentina y el «Selo Verde» de Brasil. El informe no dice que usen blockchain: marcan el nivel de dato que pedirá el importador.
Proveedores, no casos: Bext360 (café, con productores en Honduras, México, Perú, El Salvador y Nicaragua, entre otros) u OpenSC (palma) venden trazabilidad en origen con blockchain. No hemos verificado sus despliegues.
Lo que se retiró. IBM retiró IBM Food Trust de comercialización el 14 de mayo de 2025, sin sustituto directo (anuncio AD25-0032), y Maersk e IBM anunciaron en noviembre de 2022 el cierre de TradeLens, previsto para el final del primer trimestre de 2023. La lección: el dato, en formatos abiertos (GeoJSON, EPCIS) y capaz de salir de la plataforma. Más casos por sector en blockchain en la cadena de suministro.
05 / Cómo lo abordamos: datos, TRACES, red y entregables
No vendemos una plataforma cerrada: diseñamos la capa de datos e integridad sobre lo que ya usas.
- Diagnóstico. Productos y códigos del anexo I, tu papel (operador, operador posterior o comerciante), países de origen y su nivel de riesgo, y qué dato tiene hoy cada proveedor.
- Modelo de datos. Parcela (GeoJSON con seis decimales, polígono por encima de cuatro hectáreas, fecha de producción y pruebas de legalidad), lote (kilos netos, parcelas, segregación y transformaciones) y DDD (número de referencia y lotes que cubre). Los eventos, en EPCIS 2.0.
- Integración con ERP y TRACES. El sistema de información admite geolocalizaciones en GeoJSON y una API para presentar declaraciones en bloque. Validamos los polígonos antes de enviarlos.
- Red. Para un consorcio de cooperativas, exportadores e importadores, ISBE: público-permisionada, compatible con la EVM, con identidad verificada de las empresas y una suscripción mensual con cupo de transacciones, sin token ni pago de gas. Si la gobernanza lo pide, una red privada de consorcio; si basta la prueba de existencia, anclar huellas en una red pública. Unknown Gravity es socia de Alastria, que opera ISBE.
- Protección de datos. Datos personales fuera de la cadena y evaluación de impacto antes de producción.
Entregables:
- Mapa de la cadena con el papel de cada eslabón y sus puntos de mezcla.
- Modelo de datos con lo que va dentro y fuera de la cadena justificado.
- Captura y validación de polígonos para cooperativas y exportadores.
- Conector con la API de TRACES y con tu ERP.
- Contratos inteligentes de registro de eventos y huellas, con pruebas.
- Expediente por lote listo para un control durante cinco años.
Fuentes
- Reglamento (UE) 2023/1115 (EUDR)
- Reglamento (UE) 2024/3234
- Reglamento (UE) 2025/2650
- Reglamento Delegado (UE) 2026/2102
- Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093
- Documento de orientación C/2025/4524
- Informe COM(2026) 191
- Sistema de información del EUDR (TRACES)
- Directrices 02/2025 del CEPD
- GS1 CBV 2.0
- ISBE (redisbe.com)
- ISBE: política de tarifas ADM1010
FAQ
Preguntas frecuentes
¿Se ha vuelto a aplazar el EUDR?
Sí, dos veces. El texto original se aplicaba desde el 30 de diciembre de 2024; el Reglamento (UE) 2024/3234 lo pasó al 30 de diciembre de 2025, y el Reglamento (UE) 2025/2650, publicado el 23 de diciembre de 2025, al 30 de diciembre de 2026 (30 de junio de 2027 para micro y pequeños operadores). En mayo de 2026, la Comisión dijo que no considera oportuno proponer más cambios. Planifica con esas fechas.
¿Quién está obligado a cumplir el EUDR?
El operador que introduce el producto en el mercado de la UE o lo exporta, que presenta la declaración de diligencia debida. Los operadores posteriores y los comerciantes no la presentan, pero conservan cinco años los datos de proveedores y clientes, y se registran si no son pymes. Un exportador de fuera de la UE que vende a un importador europeo no tiene obligación directa, pero ese cliente le pedirá la geolocalización y las pruebas.
¿Qué es la declaración de diligencia debida (DDS)?
Es la declaración que el operador presenta en el sistema de información de la UE, dentro de TRACES, antes de introducir el producto en el mercado o exportarlo. Incluye sus datos y su EORI, el código arancelario y la cantidad, el país de producción, la geolocalización de las parcelas y la afirmación de que no detectó riesgo o solo un riesgo despreciable (anexo II). El sistema devuelve un número de referencia que va a la aduana y a los siguientes eslabones. Según la Comisión, una declaración puede cubrir varios envíos.
¿Qué geolocalización pide el EUDR y en qué formato?
Latitud y longitud con al menos seis decimales de todas las parcelas de origen, con la fecha o el intervalo de producción. Si la parcela supera cuatro hectáreas, un polígono con su perímetro; en el bovino, todos los establecimientos donde estuvo el ganado. El sistema de información acepta las coordenadas en bloque en ficheros GeoJSON.
¿Cómo afecta el EUDR a las pymes?
Los micro y pequeños operadores establecidos como tales a 31 de diciembre de 2024 tienen hasta el 30 de junio de 2027, salvo con madera del antiguo Reglamento de la madera; ese aplazamiento no alcanza a los operadores posteriores ni a los comerciantes. Los operadores posteriores y comerciantes pyme no se registran, aunque el primero de la cadena sí recoge los números de referencia. Y los micro y pequeños operadores primarios de países de riesgo bajo presentan una sola declaración simplificada, en la que pueden dar la dirección postal en lugar de la geolocalización.
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