Tokenización de oro y metales preciosos
La tokenización de metales preciosos consiste en emitir tokens que representan una cantidad fija de oro, plata u otro metal guardado en una cámara, con custodia y auditoría de las existencias. En la UE, si el token no es un instrumento financiero ni entra en otra exclusión de MiCA y pretende mantener un valor estable referenciado al metal, es una ficha referenciada a activos. Unknown Gravity desarrolla la tecnología de la emisión.
Tokenizar oro u otro metal precioso es emitir tokens que representan una cantidad determinada de metal físico guardado en una cámara, con una relación fija entre cada token y el peso de metal, por ejemplo una onza troy o un gramo, y con un sistema de custodia y auditoría que demuestra que el metal existe. Esta ficha es para quien quiere ser el emisor: una refinería, una minera, un comerciante de metales, una entidad financiera o una fintech que quiere lanzar su propio oro tokenizado en la Unión Europea, en Latinoamérica o en Estados Unidos.
Si buscas el lado del inversor (qué tokens de oro existen, cómo se respaldan y qué riesgos tienen), lo explicamos en criptomonedas respaldadas por oro. Aquí tratamos cómo se estructura la emisión, cómo se clasifica el token y qué parte construimos nosotros. Unknown Gravity desarrolla la tecnología: no custodiamos metal ni auditamos reservas, y no somos una entidad de crédito, una empresa de servicios de inversión, un proveedor de servicios de criptoactivos (CASP), un broker-dealer, un asesor de inversión ni un despacho de abogados.
01 / Cómo se estructura una emisión de oro tokenizado
Una emisión de oro tokenizado tiene cinco piezas: quién emite, dónde está el metal, cuánto metal representa cada token, cómo se demuestra la reserva y cómo se emite y se reembolsa el token. Cada pieza es una decisión del emisor con sus asesores; la tecnología la hace verificable.
| Pieza | Qué hay que decidir | Qué construye la plataforma |
|---|---|---|
| Emisor o vehículo | Si emite la propia empresa o una sociedad creada solo para la emisión, que separe el metal del resto del negocio, y qué obligación asume frente a los titulares | El contrato del token y sus roles de administración, que recomendamos que tenga el emisor o la entidad regulada que designe |
| Custodia física | El custodio y la cámara, y si el metal está asignado (lingotes identificados, por ejemplo por su número de serie) o no asignado (un derecho genérico sobre una cantidad de metal) | El registro de lingotes o de existencias, conectado con los informes del custodio |
| Relación token-metal | Cuánto metal y de qué pureza representa cada token, qué comisiones se cobran y cuál es la cantidad mínima para pedir el metal | Reglas de emisión que vinculan cada nuevo token con metal registrado |
| Prueba de reservas | Quién audita o certifica las existencias, con qué frecuencia y qué se publica | La conciliación entre los tokens en circulación y el metal certificado, y la página pública con esos datos |
| Emisión y reembolso | Cómo se compra el token y cómo se canjea por metal o por dinero, con qué plazos y para quién | El alta del inversor con KYC/AML, la emisión al recibir el pago o el metal y la quema de tokens al reembolsar |
Qué derecho tiene el titular lo fijan el contrato y las condiciones de la emisión, no la cadena: puede ser propietario de metal asignado o tener un derecho frente al emisor o al custodio. Si el token es una ficha referenciada a activos de MiCA, la ley añade un derecho de reembolso en todo momento: a petición del titular, el emisor paga el valor de mercado de los activos referenciados o los entrega (Reglamento (UE) 2023/1114, art. 39.1 y 39.2).
02 / Cómo se clasifica en la Unión Europea: MiFID II o MiCA
En la UE, la primera pregunta es si el token es un instrumento financiero; si no lo es y pretende mantener un valor estable referenciado al metal, es una ficha referenciada a activos de MiCA. Los dos regímenes no se aplican a la vez: MiCA no se aplica a los criptoactivos que son instrumentos financieros (Reglamento (UE) 2023/1114, art. 2.4.a).
Cuándo es un instrumento financiero (MiFID II)
- Si es un valor que puede negociarse en el mercado de capitales y da lugar a una liquidación en efectivo determinada por referencia a materias primas, es un valor negociable (Directiva 2014/65/UE, art. 4.1.44.c).
- Si es un bono u otra forma de deuda titulizada del emisor, también lo es (art. 4.1.44.b).
- Si es una participación en un fondo que invierte en metal, es una participación en una institución de inversión colectiva (anexo I, sección C, punto 3).
- Si es un derivado sobre el metal, como un futuro, una opción o una permuta, puede ser un instrumento financiero según cómo se liquide y dónde se negocie (anexo I, sección C, puntos 5 a 7).
En ese caso se aplica la normativa de valores. En España, los valores negociables pueden representarse en sistemas de registros distribuidos, con un documento de la emisión y una ERIR (Ley 6/2023, arts. 6.1, 7 y 8.4), y una oferta al público exige un folleto aprobado salvo que se aplique una exención (art. 35.1).
Cuándo es una ficha referenciada a activos (MiCA)
Si no es un instrumento financiero ni entra en otra exclusión del art. 2.4, el token es un criptoactivo: una representación digital de un valor o de un derecho que puede transferirse y almacenarse electrónicamente mediante tecnología de registro distribuido (art. 3.1.5). Si además pretende mantener un valor estable referenciado al metal, es una ficha referenciada a activos (art. 3.1.6). Para el emisor, eso supone:
- Autorización. Para ofertarla al público o pedir su admisión a negociación en la Unión, el emisor debe ser una persona jurídica establecida en la UE y autorizada por su autoridad competente, o una entidad de crédito (art. 16.1, que remite a los arts. 21 y 17). No hace falta esa autorización si el valor medio de las fichas en circulación no supera 5 millones de euros en 12 meses y el emisor no está vinculado a una red de otros emisores exentos, o si la oferta se dirige solo a inversores cualificados y solo ellos pueden tenerlas, pero el emisor debe elaborar un libro blanco y notificarlo (art. 16.2).
- Reserva. El emisor mantiene en todo momento una reserva de activos, separada jurídica y operativamente de su patrimonio (art. 36.1 a 36.3).
- Custodia. Los activos de reserva que no son criptoactivos ni instrumentos financieros, como el metal físico, deben quedar en custodia de una entidad de crédito, que ha de ser una persona jurídica distinta del emisor, a más tardar cinco días hábiles después de la emisión (art. 37.3.b y 37.4). Para estos activos, la entidad de crédito comprueba que son propiedad del emisor y lleva un registro de ellos (art. 37.6.d).
- Auditoría e información. Auditoría independiente de la reserva cada seis meses, con publicación del resultado (art. 36.9 y 36.10), y publicación, al menos mensual, de las fichas en circulación y del valor y la composición de la reserva (art. 30.1).
- Sin intereses. Ni el emisor ni los proveedores de servicios de criptoactivos pueden conceder intereses por la ficha, y cualquier remuneración ligada al tiempo de tenencia se asimila a intereses (art. 40).
La categoría la confirma el asesor legal del emisor, no la tecnología. Para una primera aproximación, prueba nuestro clasificador MiCA o MiFID II.
03 / Cómo se clasifica en Estados Unidos y en Latinoamérica
En EE. UU., un token de oro que no es un valor puede ser una «commodity» a efectos de la Commodity Exchange Act; es un valor si es uno de los instrumentos que la ley define como tales, y si se ofrece con la promesa de un rendimiento que depende de la gestión del emisor, queda sujeto a un contrato de inversión, que sí es un valor. Así lo ordena la interpretación de la SEC de 2026, publicada junto con la CFTC (Release 33-11412, en vigor desde el 23 de marzo de 2026):
- Commodity. La SEC indica que cualquier criptoactivo que no sea un valor, salvo una payment stablecoin de un emisor autorizado, podría encajar en la definición de «commodity» de la Commodity Exchange Act (Release 33-11412, nota 48). Esa definición abarca, además de una lista de productos agrícolas, «all other goods and articles» (7 U.S.C. 1a(9)).
- Valor por su forma. Un «digital security» es un instrumento de los que enumera la definición legal de valor, representado como criptoactivo (sección III.E). Esa definición incluye, entre otros, los bonos, las participaciones en acuerdos de reparto de beneficios y las participaciones fraccionarias indivisas en derechos mineros (sección 2(a)(1) de la Securities Act, 15 U.S.C. 77b(a)(1)). Un token sobre la producción futura de una mina puede caer aquí.
- Sujeto a un contrato de inversión. Un criptoactivo que no es un valor queda sujeto a un contrato de inversión cuando el emisor lo ofrece con promesas de esfuerzos de gestión esenciales de los que el comprador espera obtener beneficios (sección IV.A; test de Howey, SEC v. W.J. Howey Co., 328 U.S. 293). Un token de oro que promete un rendimiento generado por la gestión del emisor, por ejemplo prestando el metal, puede quedar en esa situación.
- No es una payment stablecoin. Según la GENIUS Act, el emisor de una payment stablecoin debe estar obligado, entre otros requisitos, a convertirla, reembolsarla o recomprarla por una cantidad fija de valor monetario, es decir, de una moneda nacional o de un depósito denominado en ella (secciones 2(17) y 2(22)), y la ley solo excluye de las definiciones de valor y de commodity las payment stablecoins de un emisor autorizado (sección 17). Un token cuyo valor sigue al del oro no tiene esa referencia a una cantidad fija de moneda. Esas exclusiones surten efecto, a más tardar, el 18 de enero de 2027 (sección 20).
- Venta a minoristas con financiación. Si el token se ofrece con apalancamiento, margen o financiación a quien no es «eligible contract participant» ni «eligible commercial entity», se le aplican, como si fuera un contrato de futuros, los 7 U.S.C. 6(a), 6(b) y 6b, salvo excepciones como que la venta dé lugar a la entrega efectiva en un plazo de 28 días (7 U.S.C. 2(c)(2)(D)).
La clasificación y la vía de oferta las decide el abogado de EE. UU. del emisor. Si el token es un valor, se aplican las reglas de cualquier valor tokenizado, que resumimos en nuestra guía de tokenización de activos en Estados Unidos.
Latinoamérica
Cada país califica el token según su ley de valores y, en su caso, su normativa sobre activos virtuales. Trabajamos con el asesor legal local del emisor; el panorama país por país está en nuestro mapa regulatorio de la tokenización en Latinoamérica.
04 / Qué construimos para el emisor y qué queda en manos de otros
Desarrollamos la tecnología de la emisión: el token, la plataforma del inversor, el panel del emisor y las integraciones con el custodio y el auditor.
- Smart contract del token. ERC-20, o ERC-3643 si solo pueden tenerlo inversores identificados, con emisión y quema vinculadas al registro de existencias, pausa y roles de administración, que recomendamos que tenga el emisor o la entidad regulada que designe.
- Plataforma del inversor. Alta con KYC/AML, compra, solicitud de reembolso en metal o en dinero y consulta de los datos de la reserva.
- Panel del emisor. Emisiones, reembolsos, conciliación periódica entre tokens y metal y preparación de la información que exija el régimen aplicable.
- Integraciones. Con los informes del custodio y del auditor, los medios de pago y la custodia de claves, conectadas en cada proyecto con los proveedores que elija el emisor. Si tu emisión necesita una plataforma propia completa, lo vemos en desarrollo de plataformas de tokenización.
- Auditoría del código. Los smart contracts pasan una auditoría antes de llegar a mainnet.
| Función | Quién la asume |
|---|---|
| Comprar, guardar y asegurar el metal | El emisor y su custodio; si el token es una ficha referenciada a activos, la reserva la custodia una entidad de crédito (MiCA, art. 37.3.b) |
| Auditar o certificar las existencias | Un auditor independiente |
| Clasificar el token y redactar los documentos | Los asesores legales del emisor |
| Pedir la autorización, si hace falta | El emisor |
| Prestar servicios sobre el token por cuenta de clientes, como custodiarlo o colocarlo | En la UE, un CASP autorizado u otra entidad habilitada (MiCA, arts. 3.1.16 y 59.1) o, si el token es un instrumento financiero, una entidad autorizada para prestar servicios de inversión (MiFID II, art. 5.1); en EE. UU., lo que resulte de la clasificación del token |
| Desarrollar el token, la plataforma y las integraciones | Unknown Gravity |
05 / Cómo lo hacemos, fase a fase
1. Estructura con tus asesores
Partimos de la clasificación del token que hagan tus asesores, del custodio y del auditor elegidos y de la relación token-metal, y lo traducimos a reglas de emisión, de transferencia y de reembolso.
2. Diseño técnico
Red, estándar del token, roles de administración, fuentes de datos de la reserva y especificación de cada integración.
3. Desarrollo e integraciones
Contrato del token, plataforma del inversor, panel del emisor y conexión con los informes del custodio y del auditor, probados en testnet con tu equipo.
4. Auditoría y lanzamiento
Auditoría de los smart contracts y despliegue en mainnet. La fecha de la primera emisión depende además de la autorización o de los documentos que exija el régimen aplicable y de que la custodia esté operativa.
5. Operación
Mantenimiento y evolución de la plataforma, incluida la página en la que el emisor publica periódicamente los datos de la reserva.
Cómo trabajamos
Unknown Gravity es una empresa española de tecnología de tokenización e infraestructura blockchain. Desarrollamos el token, la plataforma y las integraciones, y trabajamos junto a los asesores legales del emisor (con asesor legal local en Latinoamérica y con su abogado en Estados Unidos), su custodio, su auditor y las entidades reguladas que intervengan. No custodiamos metal ni auditamos reservas.
Fuentes oficiales
- Reglamento (UE) 2023/1114 relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA) (EUR-Lex)
- Directiva 2014/65/UE relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID II) (EUR-Lex)
- Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión (BOE, texto consolidado)
- SEC: Application of the Federal Securities Laws to Certain Types of Crypto Assets, Release 33-11412 (Federal Register, 23-3-2026, en inglés)
- 7 U.S.C. 1a: definiciones de la Commodity Exchange Act (govinfo, en inglés)
- 7 U.S.C. 2: competencia de la CFTC y operaciones de materias primas con minoristas (govinfo, en inglés)
- 15 U.S.C. 77b: definición de valor de la Securities Act (govinfo, en inglés)
- SEC v. W.J. Howey Co., 328 U.S. 293 (1946) (Biblioteca del Congreso, en inglés)
Esta página es informativa y no constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión.
Marco verificado a 13 de octubre de 2026. Si preparas una emisión de oro tokenizado, revisamos contigo y con tus asesores la estructura, el custodio y la tecnología antes de escribir una línea de código. Hablemos.
FAQ
Preguntas frecuentes
¿Un token de oro es una ficha referenciada a activos de MiCA?
Depende de lo que represente. Si es un instrumento financiero, por ejemplo un bono del emisor o un valor que se liquida en efectivo por referencia al precio del oro, MiCA no se aplica (art. 2.4.a del Reglamento (UE) 2023/1114) y rige MiFID II (art. 4.1.44 de la Directiva 2014/65/UE). Si no lo es, no entra en otra exclusión y pretende mantener un valor estable referenciado al metal, encaja en la definición de ficha referenciada a activos (art. 3.1.6 de MiCA): autorización del emisor salvo las excepciones del art. 16.2, reserva de activos y derecho de reembolso. La decisión la toma el asesor legal del emisor.
¿Quién custodia el oro y cómo se demuestra que existe?
El custodio lo elige el emisor. Si el token es una ficha referenciada a activos, la reserva que no es un criptoactivo ni un instrumento financiero debe custodiarla una entidad de crédito (art. 37.3.b de MiCA), con una auditoría independiente cada seis meses (art. 36.9) y publicación al menos mensual de las fichas en circulación y de la composición de la reserva (art. 30.1). La plataforma concilia los tokens con el metal y publica esos datos; la auditoría la hace un tercero independiente.
¿En Estados Unidos un token de oro es un valor o una commodity?
Según la interpretación de la SEC de 2026, un criptoactivo que no es un valor podría ser una «commodity» de la Commodity Exchange Act (Release 33-11412, nota 48; 7 U.S.C. 1a(9)). Es un valor si es uno de los instrumentos de la definición legal, como un bono o una participación en beneficios (15 U.S.C. 77b(a)(1)); si se ofrece con promesas de esfuerzos de gestión de los que el comprador espera beneficios, queda sujeto a un contrato de inversión, que sí es un valor (Release 33-11412, sección IV.A). Si además se vende a minoristas con financiación o apalancamiento, se le aplican, como si fuera un futuro, los 7 U.S.C. 6(a), 6(b) y 6b, salvo excepciones como la entrega efectiva en 28 días (7 U.S.C. 2(c)(2)(D)). Lo decide el abogado de EE. UU. del emisor.
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