Guatemala es la mayor economía de Centroamérica y no tiene una ley que regule el mercado de criptoactivos: hay advertencias de la Superintendencia de Bancos y, desde el 17 de septiembre de 2026, una ley contra el lavado de dinero (Decreto 15-2026) que alcanza a los proveedores de servicios de activos virtuales, pero no un régimen de mercado para ellos. Para tokenizar, lo que existe es lo de siempre y funciona: un registro de valores y un fideicomiso mercantil con décadas de práctica.
El marco: RMV, Superintendencia de Bancos y el Decreto 15-2026
El Registro del Mercado de Valores y Mercancías (RMV) inscribe emisores, ofertas y agentes bajo la Ley del Mercado de Valores y Mercancías; la Superintendencia de Bancos supervisa el sistema financiero. Los criptoactivos no tienen una ley de mercado propia: la Superintendencia de Bancos advirtió en un comunicado de 19 de febrero de 2021 que no son moneda de curso legal ni están respaldadas por el Estado, una postura que la prensa volvió a recoger en 2024 (Prensa Libre). Lo que sí rige desde el 17 de septiembre de 2026 es el Decreto 15-2026, Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo, que incorpora a los proveedores de servicios de activos virtuales como personas obligadas en materia de prevención del lavado (artículo 3). Deben inscribirse ante la Superintendencia de Bancos por medio de la Intendencia de Verificación Especial (IVE), y la inscripción no sustituye a la autorización o licencia que exija su actividad (artículo 5). Cualquier persona puede consultar ante la IVE si alguien está inscrito, en los términos que fije el reglamento (artículo 7). Estado a 1 de noviembre de 2026: la ley da a la Superintendencia de Bancos hasta seis meses desde su entrada en vigor para elaborar ese reglamento y someterlo al presidente de la República (artículo 127), y no lo hemos encontrado publicado. Un valor tokenizado es un valor: entra por el RMV.
El vehículo: el fideicomiso mercantil
El fideicomiso del Código de Comercio, con bancos y financieras como fiduciarios, es de uso extendido en garantía, administración e inmobiliario. Es la variante guatemalteca del fideicomiso latinoamericano: patrimonio separado, fiduciario supervisado y derechos del beneficiario que pueden representarse en tokens con restricciones de transferencia.
Qué se está tokenizando
Inmobiliario en Ciudad de Guatemala y Antigua, agroexportación (café, azúcar, cardamomo) y, con la remesa como motor económico, productos de inversión para la diáspora en Estados Unidos. La lectura para un emisor: hay activo, hay inversor local y de la diáspora, y el vehículo es conocido; la etiqueta cripto no aporta nada — la de valor, todo.
Cómo trabajamos con emisores del país
La anatomía no cambia de país en país: clasificación del activo, vehículo con patrimonio separado, token con restricciones de transferencia, identidad verificada en cada transmisión y custodia seria — la plataforma de siete capas que construimos, con la capa legal local encima y un asesor jurídico del país al lado. El mapa completo de la región, en tokenización en Latinoamérica. Si lo que buscas es el marco de las criptomonedas en general, no solo la tokenización, está en la guía de Guatemala de The Token Times, medio del mismo grupo.
Marco descrito a mediados de 2026 y revisado a 1 de noviembre de 2026 en lo relativo al Decreto 15-2026; los regímenes cambian — verifica el estado vigente antes de estructurar. ¿Proyecto en Guatemala? Hablemos.
Fuentes y normativa citada
- Decreto 15-2026 · congreso.gob.gt
