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Proveedores de custodia de criptomonedas: soluciones institucionales y cómo elegir

Publicado el Actualizado el 5 MIN DE LECTURA Jesús Sánchez Fernández

Proveedores de custodia de criptomonedas: soluciones institucionales y cómo elegir

«Proveedor de custodia» esconde cuatro productos distintos: un custodio regulado que guarda tus claves, una infraestructura MPC que te permite guardarlas tú, una multifirma que reparte el control, y una wallet-as-a-service que lo incrusta todo en tu producto. Elegir bien empieza por saber cuál de los cuatro necesitas; la marca viene después.

Las cuatro soluciones de custodia institucional

Custodio cualificado. Una entidad autorizada (en la UE, con licencia CASP) custodia los criptoactivos por cuenta del cliente: es quien responde, quien está supervisado y quien exige la normativa a fondos, gestoras y emisores. Es la opción por defecto cuando el activo es de terceros o regulado — el detalle en la ficha de custodio cualificado.

Infraestructura MPC. La clave nunca existe entera: se reparte en fragmentos entre varios dispositivos o partes que firman juntas (computación multiparte). Es lo que usan los custodios por dentro y lo que una empresa puede desplegar para autocustodiarse con políticas de aprobación, límites y auditoría. Control total y responsabilidad total.

Multifirma. Varias claves independientes tienen que firmar cada movimiento (multisig). Más simple que MPC, on-chain y verificable, ideal para tesorerías y DAOs; menos flexible entre cadenas.

Wallet-as-a-service. El proveedor te da wallets por API para incrustarlas en tu aplicación —cada usuario tiene la suya sin ver una frase semilla— y tú decides el modelo de custodia detrás (wallet-as-a-service). Es la vía de plataformas, fintechs y juegos.

Proveedores de custodia con registro público

En la Unión Europea solo puede custodiar criptoactivos por cuenta de clientes una entidad autorizada como proveedor de servicios de criptoactivos (CASP) o una entidad financiera habilitada para prestar esos servicios (art. 59.1 de MiCA), y ESMA publica el registro de esos proveedores (art. 109). La tabla recoge una selección de entidades cuya autorización hemos comprobado el 13 de octubre de 2026 en el registro provisional de ESMA (fichero de proveedores actualizado el 7 de octubre de 2026) y en el registro de cada supervisor nacional: la CNMV, BaFin, la AMF y la CSSF. Todas tienen inscrito el servicio de custodia y administración de criptoactivos por cuenta de clientes (art. 3.1.16.a). No es una lista completa ni una clasificación: el orden es por país, y en el fichero de ESMA 227 de las 365 entidades inscritas tienen ese servicio, 11 de ellas en España.

ProveedorPaísReguladorTipo de autorizaciónRegistro
Prosegur Custodia de Activos Digitales S.L.U. (Prosegur Crypto)EspañaCNMVCASP: custodia y administración de criptoactivos, recepción y transmisión de órdenes y servicios de transferencia; desde el 30-jun-2026CNMV · ESMA
Crossmint Europe S.L.EspañaCNMVCASP: custodia y administración de criptoactivos, canje de criptoactivos por fondos y servicios de transferencia; desde el 26-jun-2026CNMV · ESMA
Boerse Stuttgart Digital Custody GmbHAlemaniaBaFinCASP autorizado (art. 59.1.a de MiCA): custodia y administración de criptoactivos y servicios de transferencia; desde el 17-ene-2025BaFin · ESMA
Hauck Aufhäuser Digital Custody GmbHAlemaniaBaFinCASP autorizado (art. 59.1.a de MiCA): custodia y administración de criptoactivos y servicios de transferencia; desde el 28-nov-2025BaFin · ESMA
Tangany GmbHAlemaniaBaFinCASP autorizado (art. 59.1.a de MiCA): custodia y administración de criptoactivos y servicios de transferencia; desde el 8-ago-2025BaFin · ESMA
Societe Generale - ForgeFranciaAMF y ACPREmpresa de servicios de inversión: custodia y administración de criptoactivos por notificación (art. 60 de MiCA) y servicios de transferencia con autorización CASP (art. 63); desde el 23-oct-2025. Desde el 24-feb-2026, también ejecución de órdenes (art. 60)AMF · ESMA
Zodia Custody (Europe) S.A.LuxemburgoCSSFCASP: custodia y administración de criptoactivos y servicios de transferencia; desde el 12-dic-2025CSSF · ESMA

En Alemania, la ficha de BaFin de las tres entidades muestra además, desde el 30 de diciembre de 2024, la licencia nacional de custodia cualificada (qualifiziertes Kryptoverwahrgeschäft, § 1, apartado 1a, frase 2, n.º 6 de la ley bancaria alemana, KWG), que cubre la custodia y administración de instrumentos criptográficos para terceros y la salvaguarda, también para terceros, de las claves privadas que sirven para guardar instrumentos criptográficos, criptovalores, participaciones de criptofondos y otros valores registrados con tecnología de registro distribuido, o para disponer de ellos. Que una entidad figure en estos registros significa que puede prestar el servicio; no dice nada de sus tarifas, de su seguro ni de su solvencia. Antes de contratar, búscala en el fichero vigente de ESMA: si tiene rellena la fecha de fin de la autorización, ya no está autorizada.

Cómo elegir proveedor: los criterios que importan

Régimen legal. ¿Quién custodia jurídicamente: ellos o tú? Si son ellos, ¿con qué autorización y en qué jurisdicción? Un proveedor de tecnología no es un custodio, por buena que sea su tecnología. Segregación y quiebra. Que tus activos estén separados de los del proveedor y de los de otros clientes, y qué pasa con ellos si el proveedor cae. Prueba de reservas y auditoría: qué publican, con qué frecuencia y quién lo verifica (proof of reserves). Seguro: qué cubre de verdad la póliza —muchas excluyen justo el caso que te preocupa. Cobertura de activos y cadenas: los que usas hoy y los que necesitarás. Operativa: políticas de aprobación, límites, roles, tiempos de retirada, API y registros. Coste: cuota fija, porcentaje sobre activos y comisiones por movimiento suman cosas muy distintas según tu volumen.

Qué exige el regulador

En la UE, custodiar criptoactivos por cuenta de terceros es un servicio MiCA que exige autorización, política de custodia, segregación y responsabilidad por pérdida. En tokenización regulada la custodia es otra figura —la del valor negociable, con entidades de registro y depositarios— que explicamos en custodia de criptoactivos.

Proveedores de referencia y nuestro papel

Los custodios y proveedores tecnológicos de referencia —y por qué unos son custodios y otros no— están en nuestra guía de empresas de custodia de criptoactivos. Nosotros no custodiamos: integramos. Diseñamos el modelo (cualificado, MPC, multifirma o embebido), lo conectamos con el custodio o desplegamos la infraestructura, y construimos la capa de wallets y políticas encima — es nuestro servicio de desarrollo de wallets y custodia. Si tienes que decidir dónde viven las claves de tu empresa, hablemos.

Fuentes y normativa citada

  1. registro provisional de ESMA · esma.europa.eu
  2. CNMV · cnmv.es
  3. ESMA · esma.europa.eu
  4. BaFin · portal.mvp.bafin.de
  5. BaFin · portal.mvp.bafin.de
  6. BaFin · portal.mvp.bafin.de
  7. AMF · amf-france.org
  8. CSSF · edesk.apps.cssf.lu
  9. ley bancaria alemana, KWG · gesetze-im-internet.de