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Tokenización de activos en Panamá: sin ley cripto vigente, con SMV y una industria fiduciaria fuerte

Publicado el 2 MIN DE LECTURA Jesús Sánchez Fernández

Tokenización de activos en Panamá: sin ley cripto vigente, con SMV y una industria fiduciaria fuerte

Panamá aprobó en 2022 un proyecto de ley de criptoactivos que nunca llegó a ser ley: el Ejecutivo lo objetó y, según la prensa, la Corte Suprema lo declaró inexequible en 2023. Hoy no hay marco específico, pero sí lo que un emisor necesita: una Superintendencia del Mercado de Valores con reglas claras para valores, y una industria fiduciaria y de servicios corporativos de las mayores de la región.

El marco: SMV y ausencia de ley cripto

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) regula la oferta pública, los emisores y los intermediarios bajo la ley del mercado de valores; un valor tokenizado entra por ahí. Los criptoactivos como tales no tienen ley vigente: el Proyecto de Ley 697 de 2021, que la Asamblea Nacional volvió a aprobar el 28 de octubre de 2022, nunca se promulgó, y según la prensa la Corte Suprema lo declaró inexequible por razones de forma en junio de 2023 — los proveedores operan bajo las obligaciones generales de prevención de blanqueo y la supervisión de sus actividades reguladas, no bajo un registro VASP propio. La lectura práctica: estructurar como valor, no como criptoactivo.

¿Hay un registro VASP en Panamá?

No. A 15 de octubre de 2026, Panamá no tiene una ley de criptoactivos en vigor ni un registro propio de proveedores de servicios de activos virtuales (VASP o PSAV). El proyecto que aprobó la Asamblea Nacional en 2022, el Proyecto de Ley 697 de 2021, nunca se promulgó: la Corte Suprema de Justicia lo declaró inexequible por razones de forma en un fallo de 6 de junio de 2023, publicado en la Gaceta Oficial n.º 29843. Lo que sí está regulado es el valor: si el token es un valor, la oferta, el emisor y los intermediarios quedan bajo la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). Por eso una emisión tokenizada en Panamá se plantea desde el régimen de valores, no desde una licencia cripto.

El vehículo: el fideicomiso panameño

El fideicomiso de la Ley 1 de 1984 (reformada en 2017) es una de las figuras más usadas de Centroamérica, con fiduciarios licenciados por la Superintendencia de Bancos. Es la variante panameña del fideicomiso latinoamericano y, junto a las sociedades anónimas panameñas, el vehículo natural para aislar el activo y representar sus derechos en tokens.

Qué se está tokenizando

Inmobiliario (Ciudad de Panamá concentra inversión regional), logística y activos vinculados al canal y la zona libre, y deuda corporativa. La lectura para un emisor: Panamá es plaza de estructuración y de captación de inversor centroamericano y caribeño; la tokenización que funcione allí es la que respete el estándar de la SMV.

Cómo trabajamos con emisores del país

La anatomía no cambia de país en país: clasificación del activo, vehículo con patrimonio separado, token con restricciones de transferencia, identidad verificada en cada transmisión y custodia seria — la plataforma de siete capas que construimos, con la capa legal local encima y un asesor jurídico del país al lado. El mapa completo de la región, en tokenización en Latinoamérica.

Marco descrito a mediados de 2026; los regímenes cambian — verifica el estado vigente antes de estructurar. ¿Proyecto en Panamá? Hablemos.

Fuentes y normativa citada

  1. Gaceta Oficial n.º 29843 · gacetaoficial.gob.pa
  2. Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) · supervalores.gob.pa

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