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Tokenización de activos en Honduras: la prohibición de la CNBS, la ZEDE Próspera y cómo estructurar desde fuera

2 OCT 2026 2 MIN DE LECTURA Jesús Sánchez Fernández

Tokenización de activos en Honduras: la prohibición de la CNBS, la ZEDE Próspera y cómo estructurar desde fuera

Honduras es hoy uno de los países más difíciles de la región para tokenizar: no hay régimen de activos virtuales y la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) prohíbe desde febrero de 2024 que bancos y demás entidades supervisadas mantengan, inviertan u operen criptoactivos y tokens. La ZEDE Próspera, que se presentaba como alternativa, tiene su base legal anulada.

El marco: CNBS y Ley de Mercado de Valores

La CNBS supervisa el mercado de valores conforme a la Ley de Mercado de Valores (Decreto 8-2001). Su Circular 003/2024 reconoce que no existe regulación de criptoactivos y prohíbe a las instituciones supervisadas operar con criptomonedas, monedas virtuales o tokens no emitidos ni autorizados por el Banco Central de Honduras, y permitir que sus usuarios lo hagan a través de sus plataformas. La CNBS aclaró que la prohibición no alcanza a las personas físicas. Tampoco hay registro ni licencia de proveedores de servicios de activos virtuales.

Próspera y las ZEDE

El Congreso derogó la ley de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico en abril de 2022 y la Corte Suprema declaró inconstitucionales sus decretos en septiembre de 2024, con efecto retroactivo. Próspera sigue operando de hecho y mantiene un arbitraje ante el CIADI por unos 10.775 millones de dólares, sin laudo a octubre de 2026; Honduras volvió al Convenio del CIADI en agosto de 2026. Para un emisor regulado no es una base jurídica en la que apoyarse.

El vehículo: el fideicomiso bancario

El fideicomiso del Código de Comercio solo puede administrarlo un banco autorizado, y los bancos están dentro de la prohibición de la CNBS. Eso cierra la vía fiduciaria local para una emisión tokenizada.

Qué se puede hacer

Lo realista es estructurar fuera de Honduras: un vehículo en una jurisdicción con régimen claro — España, El Salvador, Panamá o Uruguay, según el inversor —, con el activo hondureño como subyacente si procede, y ofrecer a inversores no residentes desde allí. Esa comparación de jurisdicciones es el primer paso de cualquier proyecto de tokenización que hacemos.

Cómo trabajamos con emisores del país

La anatomía no cambia de país en país: clasificación del activo, vehículo con patrimonio separado, token con restricciones de transferencia, identidad verificada en cada transmisión y custodia seria — la plataforma de siete capas que construimos, con la capa legal local encima y un asesor jurídico del país al lado. El mapa completo de la región, en tokenización en Latinoamérica.

Marco a 2 de octubre de 2026, verificado en fuentes oficiales; los regímenes cambian — confirma el estado vigente antes de estructurar. ¿Activo en Honduras? Hablemos.

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