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Tokenización de activos en Cuba: el marco cripto del Banco Central y por qué hoy no es viable emitir

2 OCT 2026 2 MIN DE LECTURA Jesús Sánchez Fernández

Tokenización de activos en Cuba: el marco cripto del Banco Central y por qué hoy no es viable emitir

Cuba tiene un marco para usar activos virtuales en pagos y para licenciar a sus proveedores, pero no tiene mercado de valores, ni regulador de valores, ni régimen de emisión. Sumadas las sanciones de EE. UU., la conclusión es franca: hoy no es viable tokenizar activos cubanos ni ofrecer tokens a residentes en una estructura con inversores internacionales.

Lo que regula el Banco Central de Cuba

  • Resolución 215/2021: uso de activos virtuales en transacciones comerciales y licencia a proveedores de servicios de activos virtuales.
  • Resolución 89/2022: requisitos de autorización, funcionamiento y supervisión de esos proveedores.
  • Resolución 76/2023: registro y normas antiblanqueo para los proveedores.
  • Resolución 8/2025: primera licencia de proveedor, concedida a una empresa lituana; hoy figura como derogada.
  • Resolución 4/2026: autoriza a diez empresas — nueve mipymes y una mixta — a usar activos virtuales solo en pagos transfronterizos, a través de proveedores con licencia.

Es un marco de pagos, cambio y custodia; no hay régimen de tokenización de valores.

Sin mercado de valores

La Bolsa de La Habana cerró en 1961. El Estado emite bonos soberanos en pesos que solo circulan entre la banca y las empresas estatales, y los proyectos de «bolsa» anunciados en 2026 no tienen autorización como mercado. No hemos encontrado una figura de fideicomiso utilizable para una emisión; la inversión extranjera entra por la Ley 118/2014 como empresa mixta, contrato de asociación o empresa de capital totalmente extranjero.

Las sanciones de EE. UU.

El embargo de las Cuban Assets Control Regulations alcanza a cualquier persona, banco, plataforma o proveedor con nexo estadounidense, lo que incluye a la mayoría de emisores de stablecoins en dólares, custodios y exchanges. La reforma en vigor desde el 30 de septiembre de 2026 extiende la prohibición a las transacciones indirectas con las entidades de la lista restringida, y Cuba volvió en 2025 a la lista de Estados patrocinadores del terrorismo.

Nuestra posición

Tratamos Cuba como jurisdicción no apta: ni subyacente cubano ni inversores residentes, salvo un análisis específico de sanciones hecho por especialistas. Si buscas estructurar para el Caribe o para la diáspora, el mapa de Latinoamérica compara las jurisdicciones con régimen claro.

Marco a 2 de octubre de 2026, verificado en fuentes oficiales; los regímenes cambian — confirma el estado vigente antes de estructurar.