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GLOSARIO · BLOCKCHAIN & WEB3

DLT-MTF, DLT-SS y DLT-TSS

Qué son DLT-MTF, DLT-SS y DLT-TSS: los tres tipos de infraestructura de mercado autorizados por el régimen piloto europeo para negociar y liquidar valores tokenizados.

¿QUÉ ES? · PARA DUMMIES

Cuando compras o vendes una acción hay dos momentos distintos: primero el mercado donde se cruza la operación (“yo te compro, tú me vendes”) y después la liquidación, que es cuando de verdad cambia de manos el dinero y el título. La UE creó un “banco de pruebas” para hacer esto con valores tokenizados sobre blockchain, y definió tres tipos de plataforma.

El DLT-MTF es como el mercado donde se cruzan las órdenes. El DLT-SS es la parte que registra y liquida quien tiene cada token. Y el DLT-TSS es una plataforma híbrida que hace las dos cosas a la vez, algo que en el mundo tradicional no se permite mezclar.

¿QUÉ ES? · PRO

Son las tres categorías de infraestructura de mercado contempladas en el Reglamento (UE) 2022/858, sobre un régimen piloto de infraestructuras del mercado basadas en TRD, aplicable desde el 23 de marzo de 2023:

DLT-MTF (sistema multilateral de negociación en TRD): operado por una empresa de servicios de inversión u organismo rector de mercado autorizado conforme a MiFID II (Directiva 2014/65/UE), con permiso específico del régimen piloto. DLT-SS (sistema de liquidación en TRD): gestionado por un depositario central de valores autorizado bajo CSDR (Reglamento (UE) 909/2014). DLT-TSS (sistema de negociación y liquidación en TRD): figura híbrida que integra en una única entidad las actividades de negociación y post-negociación.

El régimen establece exenciones temporales y condicionadas a determinados requisitos de MiFID II y CSDR, con el fin de permitir la negociación y liquidación de instrumentos financieros en forma tokenizada. Solo aplica a instrumentos financieros, no a criptoactivos sujetos a MiCA.

01 / Puntos clave

  • Marco: Reglamento (UE) 2022/858 (régimen piloto DLT), en vigor desde marzo de 2023.
  • DLT-MTF: negociación (ligado a MiFID II). DLT-SS: liquidación (ligado a CSDR). DLT-TSS: ambas en una sola entidad.
  • Concede exenciones temporales a requisitos de MiFID II (Directiva 2014/65/UE) y CSDR (Reglamento (UE) 909/2014).
  • Solo cubre instrumentos financieros tokenizados, no criptoactivos MiCA.