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¿Qué es AML (Anti Money Laundering)?
Qué es AML en cripto: quién está obligado en España, Argentina, México y Colombia, qué exige la prevención del blanqueo y en qué se diferencia del KYC.
Revisado el
AML: definición
AML (anti-money laundering) es el conjunto de normas y controles para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En España lo regula la Ley 10/2010, que obliga a una lista cerrada de sujetos obligados a conocer a sus clientes, vigilar sus operaciones y comunicar las sospechosas. La ley define el blanqueo como convertir, transferir, ocultar o adquirir bienes sabiendo que proceden de una actividad delictiva (art. 1.2). Recibe las comunicaciones y supervisa el cumplimiento el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, el Sepblac (art. 45.4).
Quién está obligado en España (art. 2.1 de la Ley 10/2010)
Entre otros:
- Entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y gestoras de fondos y de capital riesgo (letras a, c, d y f).
- Promotores inmobiliarios e intermediarios en compraventas, y en alquileres de al menos 10.000 euros al mes o 120.000 al año (letra l).
- Notarios y registradores (letra n), y abogados cuando intervienen en compraventas de inmuebles o empresas o en la gestión de fondos o valores (letra ñ).
- Proveedores de servicios de criptoactivos (letra z, en la redacción del Real Decreto-ley 25/2026, vigente desde el 1 de octubre de 2026 y pendiente de convalidación por la Diputación Permanente del Congreso, al estar disueltas las Cortes).
Qué exige: diligencia debida, examen especial y comunicación al Sepblac
Diligencia debida con cada cliente, el KYC (arts. 3 a 16); examen especial de las operaciones inusuales (art. 17); comunicar al Sepblac las operaciones con indicio de blanqueo, incluso la mera tentativa (art. 18); y conservar la documentación diez años (art. 25). En las transferencias de criptoactivos se suma la travel rule, aplicable desde el 30 de diciembre de 2024 (art. 40 del Reglamento (UE) 2023/1113).
El paquete europeo: reglamento, directiva y autoridad AMLA
- Reglamento (UE) 2024/1624: reglas comunes aplicables desde el 10 de julio de 2027 (art. 90). Trata a los proveedores de servicios de criptoactivos como entidades financieras (art. 2.1.6).
- Directiva (UE) 2024/1640: los Estados deben transponerla, en general, a más tardar el 10 de julio de 2027 (art. 78). Ese día queda derogada la Directiva (UE) 2015/849 (art. 77).
- Reglamento (UE) 2024/1620: crea la autoridad europea AMLA, con sede en Fráncfort (art. 4) y aplicable desde el 1 de julio de 2025 (art. 108). Según su considerando 86, la supervisión directa de entidades seleccionadas empezará a partir de 2028.
AML frente a KYC
El KYC es una parte del AML: la que identifica y conoce al cliente. El AML incluye además vigilar las operaciones, comunicar las sospechosas y documentarlo todo. En la Ley 10/2010:
| Aspecto | KYC (conocimiento del cliente) | AML (prevención del blanqueo) |
|---|---|---|
| Qué es | La diligencia debida con cada cliente | El marco completo contra el blanqueo y la financiación del terrorismo, que incluye el KYC |
| Qué incluye | Identificación formal (art. 3), titular real (art. 4), propósito de la relación (art. 5) y seguimiento continuo (art. 6) | Además del KYC: examen especial (art. 17), comunicación al Sepblac (art. 18), conservación diez años (art. 25) y políticas y procedimientos escritos (art. 26) |
| Cuándo se aplica | Al iniciar la relación de negocio u operación y mientras dure | Durante toda la actividad del sujeto obligado |
| En una plataforma de tokens | Alta del inversor con verificación de identidad y, si es una empresa, KYB | Seguimiento de las operaciones, travel rule en las transferencias de criptoactivos y comunicación de sospechas |
AML en Argentina, México y Colombia
En los tres países las obligaciones recaen sobre quien presta servicios con activos virtuales, los PSAV, y sobre las entidades financieras. En Argentina y en Colombia la lista de actividades incluye los servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor, así que también puede quedar obligado quien presta esos servicios al colocar un token.
Argentina. Los PSAV son sujetos obligados ante la Unidad de Información Financiera (UIF) (art. 20, inc. 13, de la Ley 25.246, en la redacción de la Ley 27.739) y deben inscribirse en el registro de la Comisión Nacional de Valores (CNV) antes de operar (art. 37 de la Ley 27.739; RG CNV 1058/2025). La Resolución UIF 49/2024 les exige un sistema de prevención con enfoque basado en riesgo (art. 3), un oficial de cumplimiento titular y otro suplente (art. 11), técnicas biométricas en la identificación no presencial de clientes (art. 22), reportar una operación sospechosa de lavado en 24 horas desde que concluyen que lo es (art. 36), la regla de viaje (art. 37) y conservar la documentación diez años (art. 17). En el régimen de tokenización de la CNV (título XXII de sus Normas, creado por la RG CNV 1069/2025), los PSAV que participan cumplen además las normas de prevención del título XI (art. 20). El Banco Central (BCRA) prohíbe a las entidades financieras realizar o facilitar a sus clientes operaciones con activos digitales no autorizados por un regulador (Comunicación «A» 7506, punto 1.1).
México. La ley no usa la figura del PSAV: desde 2018 es actividad vulnerable el ofrecimiento habitual y profesional de intercambio de activos virtuales por plataformas, o de medios para custodiarlos o transferirlos, por quien no es entidad financiera (art. 17, fr. XVI, de la LFPIORPI). Quien la realiza debe identificar a sus clientes y a su beneficiario controlador, darse de alta en el padrón, presentar avisos ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y conservar la información diez años (art. 18, frs. I, III, IV, IV Bis y VI). Los avisos los recibe el Servicio de Administración Tributaria (art. 4, fr. II, del Reglamento de la LFPIORPI). Hay que avisar de las operaciones de un cliente desde 210 veces el valor diario de la UMA o de las comisiones desde 4 veces ese valor (art. 17, fr. XVI, reformada el 16-7-2025). Las instituciones de tecnología financiera (ITF) aplican las disposiciones de prevención que emite la SHCP, previa opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que las supervisa (arts. 58 y 71 de la Ley Fintech); las casas de bolsa, las del art. 212 de la Ley del Mercado de Valores. El Acuerdo 115/2026 de la SHCP, que reforma el alta y registro de los proveedores de servicios de activos virtuales, entra en vigor el 30 de noviembre de 2026.
Colombia. La Superintendencia Financiera (SFC) advierte que no regula ni supervisa los modelos de negocio basados en activos virtuales (comunicado de 26-7-2024). Aun así, quien presta servicios con activos virtuales, incluidos los servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor, debe reportar a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) las operaciones sospechosas, de inmediato, y cada mes sus clientes y las transacciones individuales desde 150 dólares o múltiples que sumen 450 dólares o más (Resolución UIAF 314 de 2021, arts. 1, 2, 4 y 6). Si es una sociedad, una sucursal de sociedad extranjera o una empresa unipersonal y supera los umbrales del numeral 9.5.7 de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades, debe además implantar su sistema de autocontrol y gestión de riesgos de lavado (Circular Externa 100-000020 de 2026, capítulo IX; quien ya estaba obligado tiene hasta el 31-5-2027 para adaptarse). Si la emisión pasa por una entidad vigilada por la SFC, como una fiduciaria, esta aplica su propio sistema, el SARLAFT (Circular Básica Jurídica de la SFC, parte I, título IV, capítulo IV; arts. 102 a 107 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero).
El detalle por país está en el registro de PSAV en Argentina, la Ley Fintech de México y la tokenización de activos en Colombia. Cada emisión se revisa con asesor legal local.
AML en una emisión tokenizada
El token no exime de nada. Si coloca la emisión una entidad de crédito o una empresa de servicios de inversión, esta es sujeto obligado, y en una tokenización de inmuebles también lo es el promotor, si se dedica a la promoción inmobiliaria (art. 2.1.l). Quién hace cada control lo detallamos en AML/KYC en una emisión de security tokens.
Cómo trabajamos. Integramos en la plataforma el alta con KYC/KYB, las listas de direcciones autorizadas y el registro de operaciones. La política de prevención y las comunicaciones al Sepblac o, en Latinoamérica, a la unidad de inteligencia financiera de cada país son responsabilidad de cada sujeto obligado, con su asesor legal local.
Fuentes oficiales: Ley 10/2010 (BOE); Real Decreto-ley 25/2026, disposición final primera (BOE); Reglamento (UE) 2024/1624 (BOE); Directiva (UE) 2024/1640 (BOE); Reglamento (UE) 2024/1620 (BOE); Reglamento (UE) 2023/1113 (BOE); Ley 25.246, texto actualizado (InfoLEG); Resolución UIF 49/2024 (argentina.gob.ar); LFPIORPI (Cámara de Diputados); Resolución UIAF 314 de 2021 (UIAF). Marco verificado a 15 de octubre de 2026. ¿Necesitas una plataforma con AML integrado? Hablemos.
Para profundizar: Tokenización regulada en España: la guía completa
Explicado fácil
AML son las reglas para impedir que se use el sistema financiero, también las criptomonedas, para lavar dinero de origen delictivo o financiar el terrorismo. Las entidades obligadas identifican a sus clientes, vigilan sus operaciones y avisan a las autoridades si algo es sospechoso.
AML: puntos clave
- En España, Ley 10/2010: obliga a la lista cerrada de sujetos de su art. 2.1
- Incluye a bancos, empresas de servicios de inversión, promotores inmobiliarios, notarios y proveedores de servicios de criptoactivos
- Obligaciones: diligencia debida (KYC), examen especial, comunicación al Sepblac y conservación diez años
- Travel rule para criptoactivos desde el 30 de diciembre de 2024 (Reglamento (UE) 2023/1113)
- Reglamento (UE) 2024/1624 aplicable desde el 10 de julio de 2027; AMLA, con sede en Fráncfort, desde el 1 de julio de 2025
- En Latinoamérica: PSAV obligados ante la UIF en Argentina, actividad vulnerable en México (art. 17, fr. XVI, LFPIORPI) y reportes a la UIAF en Colombia (Resolución 314 de 2021)
AML: ventajas
- Reduce el riesgo de que la plataforma se use para blanquear dinero
- Requisito para operar con bancos, inversores institucionales y entidades reguladas
- Protege la reputación del emisor y de la plataforma
AML: desventajas
- Coste de cumplimiento: procedimientos, personal y herramientas de análisis
- Más datos personales que proteger y conservar diez años
- Más fricción en el alta del inversor
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