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title: Inversor cualificado
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published: "2026-06-01T14:17:19+00:00"
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# Inversor cualificado

GLOSARIO · BLOCKCHAIN & WEB3

Qué es el inversor cualificado: concepto del Reglamento de Folletos que remite al cliente profesional de MiFID II. Suele eximir de folleto.

¿QUÉ ES? · PARA DUMMIES

Cuando una empresa quiere vender valores al público, normalmente tiene que publicar un folleto: un documento largo y supervisado que explica todos los riesgos. Pero si solo se dirige a inversores muy expertos, la ley relaja esa exigencia, porque entiende que esos inversores saben protegerse solos.

El **inversor cualificado** es justo ese tipo de inversor experto. Dirigir una oferta solo a inversores cualificados suele permitir lanzarla sin folleto, lo que la hace más rápida y barata, aunque el público al que se llega es más reducido.

¿QUÉ ES? · PRO

El **inversor cualificado** es un concepto del **Reglamento (UE) 2017/1129 (Reglamento de Folletos)** que, en su artículo 2, remite directamente a la definición de **cliente profesional** y de contraparte elegible del Anexo II de la Directiva 2014/65/UE (MiFID II). En la práctica, el inversor cualificado coincide con el profesional: no es una tercera categoría autónoma, sino el mismo perfil contemplado desde la óptica del régimen de ofertas de valores.

Su relevancia es esencialmente de exención: las ofertas dirigidas exclusivamente a inversores cualificados quedan, con carácter general, exentas de la obligación de publicar folleto (Reglamento (UE) 2017/1129, art. 1). Esta exención convive con otras, como la oferta dirigida a menos de 150 personas por Estado miembro distintas de inversores cualificados, el ticket mínimo de 100.000 euros por inversor, o quedar por debajo del umbral de exención por importe de la oferta. En España, el régimen se completa con la Ley 6/2023 (LMVSI, BOE-A-2023-7053).

En la tokenización, el concepto solo opera cuando el token es un instrumento financiero: un security token se rige por MiFID II y el Reglamento de Folletos, mientras que los criptoactivos sujetos a MiCA (Reglamento (UE) 2023/1114) se documentan mediante libro blanco y quedan fuera de este régimen. Por eso dirigir una STO solo a inversores cualificados es una palanca habitual para evitar el folleto. Lo detallamos en [inversor minorista vs profesional en security tokens](/articulos/inversor-minorista-vs-profesional-security-tokens).

## 01 / Puntos clave

- **Base legal:** Reglamento (UE) 2017/1129 (Reglamento de Folletos), art. 2.
- Remite a la definición de **cliente profesional** de MiFID II: en la práctica, coinciden.
- Las ofertas dirigidas **solo a inversores cualificados** suelen estar exentas de folleto.
- Convive con otras exenciones: menos de 150 inversores no cualificados, ticket mínimo de 100.000 €, o umbral por importe de la oferta.
- Solo aplica cuando el token es **instrumento financiero** (security token); los criptoactivos MiCA usan libro blanco.

CONCEPTOS RELACIONADOS

[Cliente profesional](/glosario/cliente-profesional) [Contraparte elegible](/glosario/contraparte-elegible) [Folleto informativo](/glosario/folleto-informativo) [MiFID II](/glosario/mifid-ii) [STO (Security Token Offering)](/glosario/sto-security-token-offering)

SIGUE APRENDIENDO

[Inversor minorista o profesional: a quién puede vender security tokens](/articulos/inversor-minorista-vs-profesional-security-tokens) [MiCA vs MiFID II: qué regulación aplica a tu token](/articulos/mica-vs-mifid-ii)

[Glosario completo](/glosario)

Esta entrada es informativa. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión. Las normas citadas cambian: consulta la versión vigente en el [BOE](https://www.boe.es) y en [EUR-Lex](https://eur-lex.europa.eu).
