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title: "Circular 1/2022 CNMV (publicidad de criptoactivos)"
url: "https://www.unknowngravity.com/glosario/circular-1-2022-cnmv-publicidad-criptoactivos"
site: Unknown Gravity
published: "2026-05-31T13:42:57+00:00"
modified: "2026-07-30T15:43:02+00:00"
language: es-ES
description: "La Circular 1/2022, de 10 de enero, de la CNMV, sobre publicidad de criptoactivos presentados como objeto de inversión, estuvo en vigor entre 2022 y 2024."
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# Circular 1/2022 CNMV (publicidad de criptoactivos)

GLOSARIO · BLOCKCHAIN & WEB3

Qué fue la Circular 1/2022 de la CNMV sobre publicidad de criptoactivos y por qué está derogada desde diciembre de 2024: hoy la materia la regula MiCA.

¿QUÉ ES? · PARA DUMMIES

Seguro que has visto anuncios de cripto con futbolistas o *influencers* diciendo que te vas a hacer rico. Para frenar esa publicidad engañosa, la CNMV (el “árbitro” de los mercados en España) publicó unas reglas: la **Circular 1/2022**.

La idea es sencilla: si anuncias criptoactivos al público en España, no puedes prometer ganancias fáciles, tienes que avisar de que se puede perder todo el dinero y la publicidad debe ser clara y honesta. Las campañas grandes incluso hay que avisarlas a la CNMV antes de lanzarlas. Es como ponerle una etiqueta de “esto tiene riesgo” a cada anuncio.

¿QUÉ ES? · PRO

La **Circular 1/2022, de 10 de enero, de la CNMV**, sobre publicidad de criptoactivos presentados como objeto de inversión, estuvo en vigor entre 2022 y 2024. Desarrollaba el antiguo artículo 240 bis del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, hoy artículo 247 de la Ley 6/2023 (LMVSI).

Exigía mensajes claros, equilibrados y no engañosos, advertencias de riesgo obligatorias y comunicación previa a la CNMV para campañas dirigidas a más de 100.000 personas. La CNMV la derogó cuando MiCA pasó a regular la materia en toda la UE y dejó de haber margen para una norma nacional sobre lo ya regulado en Europa. El artículo 247 sigue vigente, pero hoy la publicidad de criptoactivos se rige por MiCA: las comunicaciones publicitarias deben ser imparciales, claras y no engañosas, y coherentes con el libro blanco (Circular 1/2024 CNMV, BOE-A-2024-27149; arts. 7, 29 y 53 del Reglamento (UE) 2023/1114).

## 01 / Puntos clave

- Norma: **Circular 1/2022 de la CNMV**, sobre publicidad de criptoactivos como objeto de inversión.
- Exigía publicidad **clara, equilibrada y no engañosa**, con advertencias de riesgo obligatorias.
- Impuso **comunicación previa** a la CNMV para campañas masivas (más de 100.000 destinatarios).
- **Derogada con efectos desde el 28 de diciembre de 2024** por la Circular 1/2024 de la CNMV (BOE-A-2024-27149).
- Su función la cumple ahora **MiCA**: las comunicaciones publicitarias de criptoactivos se rigen por el Reglamento (UE) 2023/1114.

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Esta entrada es informativa. No es asesoramiento jurídico, fiscal ni de inversión. Las normas citadas cambian: consulta la versión vigente en el [BOE](https://www.boe.es) y en [EUR-Lex](https://eur-lex.europa.eu).
